martes, 29 de mayo de 2012
Desde hoy rige la famosa 3.333 de la AFIP
Desde hoy entra en vigencia el nuevo régimen de información para los residentes en Argentina que deseen comprar moneda extranjera para llevar efectivo en sus viajes al exterior. Finalmente la medida no afecta la operatoria de las agencias de viajes y facilita al pasajero la adquisición de divisas y, como beneficio adicional, dificulta la compra directa de servicios en el exterior. Una vez que el pasajero compre los servicios podrá solicitarle a la AFIP la autorización para la compra de divisas. La AFIP efectuará evaluaciones sistémicas, en tiempo real, sobre los datos ingresados y emitirá la respuesta correspondiente respecto del monto en pesos validado para la adquisición de moneda correspondiente al destino solicitado. Los datos a suministrar por los pasajeros son: CUIT o CUIL y DNI; apellido y nombres; fecha de nacimiento; actividad laboral o profesional; país de destino y escalas; motivo del viaje; fecha de salida y de regreso; CUIT del “operador turístico, agencia de viajes o similar”, costo del viaje, cantidad de cuotas y forma de pago (tipo de moneda); medio de transporte; y cantidad solicitada en pesos para la adquisición de divisas. En virtud de las confusas versiones difundidas por medios masivos, se debe resaltar que el trámite no afecta la operación de venta y el deseo de adquirir divisas es privativo del pax por lo que la agencia es ajena a la operatoria y los operadores mantienen su beneficio de girar divisas para la compra de servicios en el exterior. Los motivos y requisitos de la famosa 3.333 y su anexo pueden leerse a través del siguiente link:
informes: www.ladevi.travel/documentos/
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